¿Cómo se inicia un divorcio de mutuo acuerdo?
Divorcio de mutuo acuerdo: conoce requisitos, pasos, documentos y vías judicial o notarial para iniciar el trámite con más seguridad.
El divorcio de mutuo acuerdo es la vía más habitual cuando ambos cónyuges coinciden en poner fin al matrimonio y pueden pactar sus efectos principales. En España, esa tramitación puede canalizarse por vía judicial o, en determinados supuestos, mediante escritura pública ante notario, pero no todos los casos permiten acudir a esta segunda opción.
Además, aunque en lenguaje común se hable de divorcio express, conviene recordar que se trata de una denominación divulgativa y no de una categoría jurídica autónoma. Lo relevante, desde el punto de vista legal, es comprobar si se cumplen los requisitos del Código Civil, qué contenido debe tener el convenio regulador y cuál es la vía adecuada según existan o no hijos menores no emancipados o mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo.
Qué es un divorcio de mutuo acuerdo y cuándo puede plantearse
Para iniciar un divorcio de mutuo acuerdo, lo primero es que ambos cónyuges decidan divorciarse y preparen una propuesta de convenio regulador. Después, habrá que valorar si el caso puede formalizarse ante notario o si debe tramitarse judicialmente, según la situación familiar y la documentación disponible.
Con carácter general, el divorcio puede solicitarse una vez hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo supuestos excepcionales previstos legalmente.
Desde el punto de vista jurídico, el divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que ambos cónyuges solicitan conjuntamente la disolución del matrimonio o uno con el consentimiento del otro, acompañando la propuesta de convenio regulador. El marco básico se encuentra en los artículos 81, 82, 86, 87 y 90 del Código Civil, junto con la regulación introducida por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria para la vía no judicial en determinados casos.
El artículo 86 del Código Civil establece que el divorcio se decretará judicialmente cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro. Por su parte, el artículo 87, en la redacción vigente tras la Ley 15/2015, permite también que los cónyuges formalicen el divorcio en escritura pública cuando no existan hijos menores no emancipados o mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
Por tanto, no basta con que exista acuerdo. También hay que verificar si el supuesto encaja en la vía notarial o si, por la existencia de determinadas medidas familiares o por el contenido del convenio, habrá que tramitar el divorcio por la vía judicial.
Requisitos para iniciar el divorcio de mutuo acuerdo en España
Antes de empezar la tramitación del divorcio, conviene revisar varios requisitos básicos. Algunos derivan directamente de la ley y otros dependen del encaje concreto del caso.
- Voluntad concorde de ambos cónyuges. Tiene que existir acuerdo real sobre divorciarse y, al menos de forma inicial, sobre las medidas que se pretenden incorporar al convenio regulador.
- Transcurso de tres meses desde el matrimonio. Con carácter general, ese plazo resulta exigible para la separación y el divorcio de mutuo acuerdo, conforme a los artículos 81 y 82 del Código Civil, salvo situaciones excepcionales legalmente contempladas.
- Posibilidad de redactar un convenio regulador viable. El acuerdo debe poder plasmarse en un texto jurídicamente adecuado, especialmente en materias como vivienda, cargas, pensiones o medidas sobre hijos, si las hubiera.
- Determinación correcta de la vía. Si existen hijos menores no emancipados o mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo, no procederá la escritura pública de divorcio y habrá que valorar la vía judicial.
- Asistencia letrada cuando legalmente sea necesaria. En el divorcio judicial de mutuo acuerdo intervienen normalmente abogado y procurador. En el divorcio notarial, los cónyuges deben prestar consentimiento personal ante notario y la ley exige la asistencia de letrado en ejercicio, aunque no intervenga procurador.
Es importante no simplificar en exceso los llamados requisitos para divorciarse. El acuerdo entre cónyuges facilita mucho el procedimiento, pero no convierte el divorcio en automático ni elimina el control de legalidad sobre el contenido del convenio.
En particular, el artículo 90 del Código Civil encuadra el contenido mínimo del convenio regulador y permite que se pacten medidas siempre que sean conformes a Derecho y no resulten dañosas para los hijos ni gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. Muchas soluciones concretas dependen, por tanto, del acuerdo de las partes y de su viabilidad jurídica.
Qué documentación conviene preparar antes de empezar
La documentación puede variar según la complejidad del caso y la vía elegida, pero suele ser útil reunir con antelación la siguiente:
- Certificación literal de matrimonio.
- Certificados de nacimiento de los hijos, si existen.
- Documentos de identificación de ambos cónyuges.
- Borrador o propuesta de convenio regulador.
- Documentación económica relevante: nóminas, declaraciones fiscales, justificantes de ingresos reales cuando hay economía mixta, préstamos, hipoteca, alquileres o gastos ordinarios, si esas cuestiones van a reflejarse en el convenio.
- Títulos de propiedad o notas simples de inmuebles, si se van a pactar medidas sobre el uso de la vivienda familiar o sobre bienes concretos.
- Documentación relativa a cuentas, deudas o cargas familiares, cuando sea necesario repartir responsabilidades o dejar constancia de cómo se asumirán tras el divorcio.
Preparar bien la documentación no solo agiliza la tramitación del divorcio, sino que también ayuda a detectar posibles puntos de fricción antes de presentar la solicitud. En muchos casos, un divorcio amistoso se complica no por falta de voluntad, sino porque el convenio no concreta bien la situación económica o familiar.
Si se pretende acudir al notario, conviene revisar con especial cuidado que se cumplan todos los presupuestos legales de la escritura pública de divorcio. Si existe cualquier duda sobre hijos, capacidad, representación o alcance de las medidas, puede ser más prudente valorar desde el inicio la vía judicial.
Cómo se inicia paso a paso según la vía judicial o notarial
Vía judicial
- Revisión del caso y elección de profesionales. Lo habitual es contar con un mismo abogado y un mismo procurador cuando existe acuerdo, aunque habrá que valorar si esa opción es adecuada según las circunstancias.
- Redacción del convenio regulador. Se prepara el texto que recogerá las medidas personales y patrimoniales aplicables tras el divorcio.
- Presentación de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Puede presentarse por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro, junto con la documentación y el convenio.
- Ratificación. Dependiendo del trámite aplicable, los cónyuges deberán confirmar su voluntad y el contenido del convenio. Si hay medidas que afecten a hijos o cuestiones que requieran control adicional, el órgano judicial revisará su adecuación.
- Resolución judicial. Si todo es correcto, se dictará la resolución que apruebe el convenio en lo procedente y declare el divorcio.
En la práctica, esta es la vía habitual cuando existen hijos menores no emancipados o mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo, así como cuando el contenido del acuerdo aconseja control judicial. Por eso, aunque a veces se hable de divorcio sin juicio, conviene usar esa expresión solo en sentido divulgativo: jurídicamente, la intervención judicial puede ser necesaria aunque no exista controversia entre las partes.
Vía notarial
- Comprobación previa de que el caso puede formalizarse ante notario. Esta posibilidad depende, entre otros extremos, de que no existan hijos menores no emancipados o mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a los progenitores.
- Preparación del convenio y de la documentación. El convenio deberá ajustarse al marco legal y reflejar con claridad las medidas pactadas.
- Asistencia de letrado en ejercicio. La ley exige que los cónyuges estén asistidos por abogado en el otorgamiento de la escritura.
- Otorgamiento de la escritura pública. Los cónyuges deben comparecer personalmente ante notario y prestar su consentimiento.
El divorcio notarial puede ser una opción ágil en casos sencillos y bien preparados, pero no procede en cualquier supuesto. La reforma operada por la Ley 15/2015 abrió esta vía, aunque de forma limitada y con requisitos concretos. Por ello, antes de buscar cómo divorciarse rápido, conviene confirmar si el notario es realmente competente en el caso concreto.
Qué debe incluir el convenio regulador
El artículo 90 del Código Civil fija el marco del convenio regulador. No todas las cláusulas son obligatorias en todos los casos, porque su contenido dependerá de la realidad familiar y patrimonial de los cónyuges, pero conviene revisar al menos estas materias:
- El cuidado de los hijos sujetos a patria potestad, el ejercicio de esta y, en su caso, el régimen de guarda, custodia, estancias, comunicación y relación con los progenitores.
- Si procede, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, atendiendo siempre al interés familiar y al encaje legal del caso.
- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías, si resultan necesarias.
- La liquidación, cuando proceda, del régimen económico matrimonial.
- La pensión compensatoria que eventualmente pudiera corresponder a uno de los cónyuges.
Esto no significa que la ley imponga una solución única para cada materia. El convenio tiene un contenido legalmente encuadrado, pero muchas medidas concretas dependen del acuerdo entre cónyuges y de que ese acuerdo sea equilibrado, posible y conforme a Derecho.
Por eso, antes de firmar o presentar el convenio, conviene revisar si la redacción es completa, si evita contradicciones y si regula de forma práctica cuestiones que luego suelen generar conflictos: gastos extraordinarios, reparto de vacaciones, uso temporal de la vivienda, cuentas comunes o forma de asumir préstamos y suministros.
Cuánto puede costar y cuánto suele tardar
El coste del divorcio y su duración pueden variar de forma sensible según la ciudad, el profesional elegido, la complejidad del convenio y si la tramitación es judicial o notarial.
- Vía judicial: normalmente incluye honorarios de abogado y procurador. Puede resultar más lenta que la vía notarial, porque depende de los tiempos del juzgado y de la revisión del expediente.
- Vía notarial: suele incorporar honorarios de abogado y arancel notarial. En casos sencillos y bien documentados puede ser más ágil, aunque no siempre más barata en términos absolutos.
Como orientación general, un divorcio de mutuo acuerdo bien preparado puede resolverse en un plazo relativamente contenido frente a un procedimiento contencioso. Sin embargo, no es prudente prometer tiempos cerrados, porque dependerá de la carga del juzgado, de la rapidez en reunir documentos, de si el convenio necesita ajustes y de la propia disponibilidad de las partes.
También conviene tener presente que el ahorro inicial no siempre es el único criterio útil. Un convenio mal redactado puede generar después gastos mucho mayores en modificaciones, ejecuciones o nuevos procedimientos.
Errores frecuentes antes de presentar la solicitud
- Pensar que el acuerdo verbal es suficiente. Sin un convenio bien estructurado, la tramitación puede retrasarse o exigir correcciones.
- Elegir la vía notarial sin comprobar si legalmente procede. No todos los supuestos de divorcio amistoso pueden formalizarse ante notario.
- Omitir datos económicos relevantes. Ingresos, deudas, cargas o titularidad de bienes son extremos que conviene aclarar desde el inicio.
- Copiar modelos genéricos. Un texto estándar puede no ajustarse a la situación real de la familia ni al contenido legal exigible.
- Confundir rapidez con ausencia de control legal. El llamado divorcio express no elimina la necesidad de cumplir requisitos ni de redactar correctamente el convenio regulador.
- No prever la ejecución práctica de lo pactado. Fechas, pagos, uso de vivienda y distribución de gastos deben quedar suficientemente claros, especialmente en supuestos de pagos en efectivo.
En la práctica, muchos problemas aparecen porque las partes creen que, al existir buena relación, no hace falta concretar demasiado. Precisamente cuando hay acuerdo es cuando más conviene dejar bien cerradas las medidas, para evitar interpretaciones distintas más adelante.
Si se quiere iniciar el trámite con seguridad, lo razonable es revisar el caso concreto, la documentación disponible y la coherencia del convenio antes de presentar la solicitud o acudir a notaría.
Fuentes oficiales y marco legal aplicable
El marco principal para entender cómo se inicia un divorcio de mutuo acuerdo en España se apoya, de forma especial, en estas normas:
- Código Civil, en particular sus artículos 81, 82, 86, 87 y 90, disponibles en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, relevante por la introducción de la vía notarial en determinados supuestos: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-7391
Como criterio práctico, iniciar un divorcio de mutuo acuerdo exige algo más que querer divorciarse rápido: hay que comprobar si se cumplen los requisitos legales, definir la vía correcta y preparar un convenio regulador sólido. La diferencia entre una tramitación fluida y otra problemática suele estar en esa fase previa.
Si se está valorando dar el paso, lo más prudente es revisar el caso concreto, la documentación y el convenio regulador antes de iniciar el trámite. Esa comprobación inicial puede ayudar a elegir entre divorcio judicial o notarial, detectar límites legales y reducir incidencias posteriores.
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